A.T.V. esta formada por un equipo de personas perfectamente conocedoras
de los riesgos potenciales de cada trabajo, y de las técnicas
y equipos a emplear en ambientes hostiles manteniendo el riesgo
bajo control.
Todos los trabajos realizados por ATV están condicionados
por el estudio básico de seguridad, documento exigido por
la administración y realizado por nuestros propios técnicos
en prevención de riesgos laborales. Ofreciendo seguridad
total para nuestros profesionales y transeúntes, así
como a nuestros clientes, ya que con el empleo de técnicas
verticales se impide la accesibilidad, mediante estructuras o
andamios, a personas ajenas a la obra o edificio.
Además cada trabajador es conocedor de las disposiciones
mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
y trabajos verticales conforme lo establecido en el artículo
24.2 y 5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales,
mediante la entrega del Plan de Seguridad y Salud de la obra correspondiente
a los riesgos y medidas preventivas a adoptar para la realización
de sus trabajos en dicha obra, incluidas las medidas de emergencia
a aplicar.
Utilizando materiales homologados para las diferentes técnicas
de progresión, los cuales han sido sometidos a minuciosos
test de control y están garantizados con el registro de
calidad Aenor; así como mediante la aplicación y
cumplimento las normas de prevención de riesgos laborales,
en A.T.V. hacemos que la seguridad en el trabajo se convierta
en algo vital para el buen funcionamiento de la empresa y el trabajador,
lo que nos permite realizar cualquier tipo de trabajo con la mayor
tranquilidad tanto para nosotros como para la parte contratante.
Nota informativa
para clientes
Estimado Señor:
Andaluza de Trabajos Verticales, desarrolla su
actividad laboral desde el año 1995 con los actuales responsables
como autónomos, en el año 2001 se constituye la
Empresa como sociedad limitada, gracias al desarrollo de la misma,
provocado por la confianza depositada en nosotros por los clientes.
Hoy gozamos de una posición inmejorable en el mercado y
somos una de las empresas más antiguas y con mayor prestigio
en el sector.
Prueba de ello, la confianza que nos muestran tanto grandes empresas
de importancia nacional e internacional como comunidades de propietarios.
Hoy queremos continuar mejorando y mantenernos en el mercado en
competencia legítima con otras empresas del sector, y para
que esto se produzca hemos considerado necesario ofrecerle información
detallada sobre la situación actual en materia de Prevención
de Riesgos Laborales:
Según la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales en su artículo 24, los clientes que requieren
nuestro servicio son responsables solidarios para asuntos en materia
de seguridad laboral, como recoge el siguiente artículo:
Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo
24, punto 3. Las empresas que contraten ó subcontraten
con otras la realización de obras ó servicios correspondientes
a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen
en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento
por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención
de riesgos laborales.
Artículo 42.3 de la LISOS. La empresa principal responderá
solidariamente con los contratistas y subcontratistas a que se
refiere el apartado 3 del artículo 24 de la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales, del cumplimiento durante el periodo de la
contrata de las obligaciones impuestas por dicha Ley, en relación
con los trabajadores que aquellos ocupen en los centros de trabajo
de la empresa principal, siempre que la infracción se haya
producido en el centro de trabajo de dicho empresario principal.
Con esta información le adjuntamos información en
la que podrá comprobar que nuestra empresa cumple con la
normativa vigente tanto por su infraestructura interna como con
servicios ajenos contratados.
Andaluza de Trabajos Verticales
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