A.T.V. esta formada por un equipo de personas perfectamente conocedoras de los riesgos potenciales de cada trabajo, y de las técnicas y equipos a emplear en ambientes hostiles manteniendo el riesgo bajo control.

Todos los trabajos realizados por ATV están condicionados por el estudio básico de seguridad, documento exigido por la administración y realizado por nuestros propios técnicos en prevención de riesgos laborales. Ofreciendo seguridad total para nuestros profesionales y transeúntes, así como a nuestros clientes, ya que con el empleo de técnicas verticales se impide la accesibilidad, mediante estructuras o andamios, a personas ajenas a la obra o edificio.

Además cada trabajador es conocedor de las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción y trabajos verticales conforme lo establecido en el artículo 24.2 y 5 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, mediante la entrega del Plan de Seguridad y Salud de la obra correspondiente a los riesgos y medidas preventivas a adoptar para la realización de sus trabajos en dicha obra, incluidas las medidas de emergencia a aplicar.

Utilizando materiales homologados para las diferentes técnicas de progresión, los cuales han sido sometidos a minuciosos test de control y están garantizados con el registro de calidad Aenor; así como mediante la aplicación y cumplimento las normas de prevención de riesgos laborales,  en A.T.V. hacemos que la seguridad en el trabajo se convierta en algo vital para el buen funcionamiento de la empresa y el trabajador, lo que nos permite realizar cualquier tipo de trabajo con la mayor tranquilidad tanto para nosotros como para la parte contratante.

Nota informativa para clientes

Estimado Señor:

Andaluza de Trabajos Verticales, desarrolla su actividad laboral desde el año 1995 con los actuales responsables como autónomos, en el año 2001 se constituye la Empresa como sociedad limitada, gracias al desarrollo de la misma, provocado por la confianza depositada en nosotros por los clientes. Hoy gozamos de una posición inmejorable en el mercado y somos una de las empresas más antiguas y con mayor prestigio en el sector.
Prueba de ello, la confianza que nos muestran tanto grandes empresas de importancia nacional e internacional como comunidades de propietarios.
Hoy queremos continuar mejorando y mantenernos en el mercado en competencia legítima con otras empresas del sector, y para que esto se produzca hemos considerado necesario ofrecerle información detallada sobre la situación actual en materia de Prevención de Riesgos Laborales:

Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 24, los clientes que requieren nuestro servicio son responsables solidarios para asuntos en materia de seguridad laboral, como recoge el siguiente artículo:
Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 24, punto 3. Las empresas que contraten ó subcontraten con otras la realización de obras ó servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Artículo 42.3 de la LISOS. La empresa principal responderá solidariamente con los contratistas y subcontratistas a que se refiere el apartado 3 del artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, del cumplimiento durante el periodo de la contrata de las obligaciones impuestas por dicha Ley, en relación con los trabajadores que aquellos ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la infracción se haya producido en el centro de trabajo de dicho empresario principal.
Con esta información le adjuntamos información en la que podrá comprobar que nuestra empresa cumple con la normativa vigente tanto por su infraestructura interna como con servicios ajenos contratados.

Andaluza de Trabajos Verticales